Línea jurisprudencial

¿Puede un finiquito extinguir la acción indemnizatoria derivada de un accidente del trabajo o una enfermedad profesional?

La Corte Suprema ha delimitado el poder liberatorio del finiquito atendiendo a las materias sobre las cuales se formó efectivamente el consentimiento. Una cláusula genérica que menciona accidentes del trabajo, enfermedades profesionales o derechos derivados de la relación laboral no extingue necesariamente una acción indemnizatoria vinculada con una contingencia concreta.

Decisiones principales
2 causas principales
Piezas judiciales
4 piezas judiciales
Período
2020
Estado del criterio
Criterios coincidentes

Respuesta jurisprudencial

El poder liberatorio del finiquito se restringe a las materias y derechos comprendidos específica y claramente en el acuerdo de las partes.

La referencia genérica a accidentes del trabajo, enfermedades profesionales o a derechos derivados de la relación laboral no permite concluir, por sí sola, que el trabajador haya transado o renunciado a una acción indemnizatoria derivada de una contingencia concreta.

Debe examinarse el texto del finiquito, los conceptos efectivamente pagados, la individualización del accidente o enfermedad y la acción o indemnización que las partes quisieron comprender en el acuerdo.

La jurisprudencia examinada NO establece que una acción indemnizatoria por accidente del trabajo o enfermedad profesional sea siempre inmune al poder liberatorio de un finiquito. El problema central es la determinación del objeto sobre el cual efectivamente se formó el consentimiento.

El problema jurídico

El finiquito cumple una función de cierre de la relación laboral y puede producir efectos liberatorios respecto de las materias comprendidas en el acuerdo.

El problema aparece cuando sus cláusulas contienen expresiones generales como referencias a accidentes del trabajo, enfermedades profesionales, la Ley N.º 16.744, indemnizaciones, derechos derivados de la relación laboral o renuncias generales a acciones.

¿Es suficiente una expresión genérica para extinguir la acción indemnizatoria derivada de un accidente o enfermedad determinados, o debe existir un consentimiento más específico?

Poder liberatorio y consentimiento

El alcance liberatorio del finiquito debe determinarse atendiendo a aquello que las partes acordaron concreta y suficientemente.

Finiquito

Instrumento de cierre de la relación laboral.

Acuerdo entre las partes

Voluntad común sobre materias determinadas.

Poder liberatorio

Efecto extintivo respecto de las materias acordadas.

Materias efectivamente comprendidas

Aquello sobre lo cual se formó concretamente el consentimiento.

No identificar automáticamente la existencia formal del finiquito con la extinción de toda acción posible derivada de la relación laboral.

Cláusulas generales y materias específicas

Las expresiones generales pueden resultar insuficientes cuando no permiten determinar que la voluntad común comprendió una acción indemnizatoria concreta.

Referencia general

"accidentes del trabajo"

"enfermedades profesionales"

"Ley N.º 16.744"

Individualización concreta

Contingencia específica

Acción determinada

Derecho indemnizatorio comprendido

Regla destacada

Nombrar genéricamente una categoría de contingencias no equivale necesariamente a transar una acción derivada de un accidente o enfermedad determinados.

Individualización de la contingencia

Para determinar el alcance del finiquito, puede ser relevante examinar si identifica suficientemente los siguientes elementos:

Accidente concreto o enfermedad profesional
Fecha, cuando corresponda
Hecho generador
Consecuencias conocidas
Acción indemnizatoria
Conceptos incluidos en el acuerdo

Esta enumeración no constituye una lista rígida de requisitos formales. La cuestión es determinar si el consentimiento comprende inequívocamente la materia discutida.

Derechos e indemnizaciones comprendidos

La Corte exige examinar qué derechos quedaron realmente comprendidos en el acuerdo. No son equivalentes:

Dar por terminada la relación laboral.

Declarar pagadas remuneraciones, feriado u otras prestaciones.

Transar específicamente una acción indemnizatoria por daños derivados de una contingencia profesional es una cuestión distinta que exige consentimiento suficientemente determinado.

Los conceptos pagados ayudan a interpretar el alcance del acuerdo

En el Rol N.º 29.337-2019, el finiquito fue relevante también por los conceptos efectivamente solucionados. El documento daba cuenta del pago de prestaciones vinculadas al término de la relación laboral, pero no exteriorizaba de manera suficientemente específica una transacción sobre la acción indemnizatoria correspondiente al accidente concreto.

Regla

Los conceptos efectivamente pagados pueden ayudar a determinar qué materias fueron realmente objeto del acuerdo.

Conocer el accidente o enfermedad no sustituye la especificidad del consentimiento

La circunstancia de que el trabajador conozca la existencia del accidente o enfermedad al momento de suscribir el finiquito constituye un antecedente relevante. Sin embargo, ese conocimiento no permite concluir automáticamente que la acción indemnizatoria haya quedado comprendida en una cláusula general.

Conocimiento de la contingencia y consentimiento para extinguir una determinada acción son cuestiones distintas.

La regla en enfermedades profesionales

Corte Suprema · Unificación + sentencia de reemplazo

Rol N.º 14.513-2019

13 de abril de 2020

Pastén

Función en la línea

REGLA EN ENFERMEDAD PROFESIONAL

La controversia comprendió finiquitos que contenían fórmulas generales y referencias a accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. La Corte consideró que esas estipulaciones carecían de especificidad suficiente para comprender la acción indemnizatoria derivada de la silicosis concreta del trabajador. El reemplazo rechazó la excepción y examinó el fondo de la acción.

Regla destacada

La referencia general a enfermedades profesionales no extingue necesariamente una acción indemnizatoria si el acuerdo no permite establecer suficientemente que esa enfermedad y esa acción fueron comprendidas por el consentimiento.

Esta regla no constituye una prohibición absoluta de transigir acciones por enfermedades profesionales.

La regla en accidentes del trabajo

Corte Suprema · Unificación + sentencia de reemplazo

Rol N.º 29.337-2019

25 de noviembre de 2020

Función en la línea

REGLA EN ACCIDENTE DEL TRABAJO

El trabajador había sufrido previamente un accidente y posteriormente suscribió un finiquito que incluía referencias generales a accidentes del trabajo y otros derechos derivados del contrato. La Corte consideró insuficiente esa redacción para entender que había quedado extinguida la acción indemnizatoria relativa al accidente concreto.

El documento no individualizaba suficientemente:

El accidente
La acción indemnizatoria
La materia específica que se pretendía extinguir

Además, los conceptos pagados correspondían a prestaciones concretas relacionadas con el término de la relación laboral.

Regla destacada

Una referencia genérica a accidentes del trabajo no basta necesariamente para extinguir una acción indemnizatoria correspondiente a un accidente concreto.

El carácter transaccional exige claridad sobre el objeto acordado

La Corte relaciona el poder liberatorio con el consentimiento y con la necesidad de determinar suficientemente las materias sobre las cuales recae el acuerdo. La finalidad de prevenir o terminar controversias exige poder identificar qué derechos o acciones fueron efectivamente comprendidos.

En estas decisiones, la Corte examina el alcance convencional y liberatorio del instrumento atendiendo a la materia específicamente acordada.

Evolución jurisprudencial

Las dos causas resuelven contingencias diferentes, pero expresan un criterio compatible sobre la especificidad del consentimiento.

  1. Rol N.º 14.513-2019

    Pastén

    ENFERMEDAD PROFESIONAL

    Unificación + sentencia de reemplazo

    Las cláusulas generales no comprendían suficientemente la acción indemnizatoria derivada de la silicosis concreta.

    Especificidad del consentimiento respecto de enfermedad profesional.

  2. Rol N.º 29.337-2019

    ACCIDENTE DEL TRABAJO

    Unificación + sentencia de reemplazo

    La mención genérica de accidentes laborales no bastó para extinguir la acción indemnizatoria derivada del accidente específico.

    Individualización de contingencia, acción y conceptos efectivamente solucionados.

Síntesis

Enfermedad profesional

Especificidad del consentimiento.

Accidente del trabajo

Especificidad del consentimiento.

Poder liberatorio

Materias específicamente comprendidas en el consentimiento.

Estado: Criterios coincidentes · 2020

Qué no establece esta línea

Que ningún finiquito pueda extinguir acciones indemnizatorias.

Que las acciones derivadas de accidentes sean siempre irrenunciables.

Que las acciones por enfermedad profesional nunca puedan ser objeto de acuerdo.

Que toda cláusula general carezca de cualquier efecto.

Que la omisión de la fecha del accidente invalide automáticamente el finiquito.

Que una reserva de derechos sea siempre indispensable.

Que conocer el accidente sea jurídicamente irrelevante.

Que ratificar formalmente un finiquito determine por sí solo su alcance material.

Que mencionar "accidentes del trabajo" extinga automáticamente una acción concreta.

Que mencionar "enfermedades profesionales" extinga automáticamente una acción concreta.

Que cualquier cláusula específica sea necesariamente válida sin atender a su contenido y contexto.

Que los montos pagados determinen por sí solos el alcance del acuerdo.

Consecuencias prácticas

Al examinar un finiquito relacionado con una contingencia profesional, pueden resultar relevantes los siguientes antecedentes:

Fecha del instrumento
Conocimiento previo del accidente o enfermedad
Individualización del hecho
Enfermedad indicada
Cláusulas liberatorias
Derechos enumerados
Acciones mencionadas
Indemnizaciones individualizadas
Conceptos pagados
Existencia de transacción separada
Reservas de derechos
Contexto de celebración
Alcance de la ratificación
Controversias existentes al momento de suscribirlo

Regla práctica

No basta leer la frase final del finiquito. Debe determinarse cuál fue concretamente el objeto sobre el cual se formó el consentimiento de las partes.

Fallos principales

ENFERMEDAD PROFESIONAL

Rol N.º 14.513-2019

Especificidad respecto de silicosis.

Unificación + sentencia de reemplazo · 13 de abril de 2020

ACCIDENTE DEL TRABAJO

Rol N.º 29.337-2019

Especificidad respecto del accidente y acción indemnizatoria.

Unificación + sentencia de reemplazo · 25 de noviembre de 2020

Normas y conceptos relacionados

Artículo 177 del Código del Trabajo

Regulación del finiquito laboral y sus requisitos de validez.

Artículos 2446 y siguientes del Código Civil

Transacción. Aplicables cuando resulten pertinentes al razonamiento de las decisiones.

Artículo 69 letra b) de la Ley N.º 16.744

Acción indemnizatoria por accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Reglas laborales sobre disponibilidad y poder liberatorio

Conforme al contexto de las sentencias examinadas.

Conceptos clave

FiniquitoPoder liberatorioConsentimientoEspecificidadTransacciónAccidente del trabajoEnfermedad profesionalAcción indemnizatoriaReserva de derechosDerechos disponibles

Alcance y fuentes documentales

Esta línea jurisprudencial se construye mediante dos causas de la Corte Suprema, ambas resueltas en 2020.

Una corresponde a enfermedad profesional y otra a accidente del trabajo. Las decisiones muestran criterios coincidentes sobre la necesidad de determinar específicamente las materias comprendidas en el consentimiento.

El corpus comprende cuatro piezas judiciales: sentencia de unificación y sentencia de reemplazo de cada causa.

Fuentes documentales

Rol N.º 14.513-2019Sentencia de unificación · Sentencia de reemplazo.
Rol N.º 29.337-2019Sentencia de unificación · Sentencia de reemplazo.

Total: 2 causas · 4 piezas judiciales

¿Esta materia puede ser relevante para su situación?

La evaluación del alcance liberatorio de un finiquito exige examinar el texto del instrumento, los conceptos pagados, la individualización de la contingencia y la acción indemnizatoria que las partes quisieron comprender en el acuerdo.

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